dom 22 de diciembre de 2024

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¿Dónde se puede estacionar y dónde no en Buenos Aires?

La Capital Federal puede ser todo un desafío para estacionar y acá te damos algunos consejos.

¿Dónde se puede estacionar y dónde no en Buenos Aires?

Estacionar en Buenos Aires no es nada sencillo. Esquivar grúas, parquímetros y otras "yerbas" puede ser un dolor de cabeza. Desde Autocosmos pensamos en vos y por eso acá te dejamos las cuestiones legales báscias para que recuerdes a la hora de estacionar en la calle.

1- A menos que la señalización indique lo contrario, en las avenidas de doble mano, como en Scalabrino Ortiz o Luis María Campos, está prohibido estacionar los días hábiles de 7 a 21 horas. El mismo criterio horario corre para las avenidas con sentido único (Corrientes, por ejemplo) pero solamente en la mano izquierda, en la mano derecha está permitido todo el tiempo. 

2- A menos que la señalización indique lo contrario, en calles con sentido único nunca se puede estacionar  en la mano izquierda, pero sí en la mano derecha las 24 horas. En calles de doble mano corre la misma legislación. 

3- En los pasajes no se permite estacionar en ninguna acera.

4- En el caso de los pasos a nivel, es necesario dejar 50 metros de distancia entre el auto y las vías.

5- Tampoco está permitido el estacionamiento en paradas de colectivos o taxis, ni en frente de las bocas de subte.

6- No estaciones frente a la entrada de los edificios donde funcionen Comisarías y Cuerpos de Bomberos. Esto incluye al estacionamiento en la acera opuesta, frente a los mismos, cuando el ancho de la calzada sea insuficiente para las maniobras de los patrulleros o los camiones de bomberos. Tampoco está permitido estacionar frente a locales de espectáculos (teatros, cines) cuando se encuentren en función.

7- No se permite estacionar a menos de 10 metros de escuelas, hospitales, correos, edificios de culto religioso, universidades, bancos, instituciones para gente con discapacidades ni puntos de conexiones hídricas.

8- Los espacios en frente de salas velatorias están vedados entre las 8 y las 22 horas todos los días. La prohibición no excederá los límites del citado terreno y no podrá superar los 15 metros sin importar si la longitud es mayor.

Para un mayor detalle de estas cuestiones, podés visitar el sitio oficial del Gobierno acá.

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